NIA 705 OPINION MODIFICADA

NIA 705 - OPINION MODIFICADA

El NIA es la normativa sobre la responsabilidad del auditor,de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando, al formarse una opinión de conformidad con la NIA 7001, concluya que es necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros.
Objetivos:
El objetivo del auditor es expresar, con claridad, una opinión modificada adecuada sobre los estados financieros cuando:
•           el auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material; o
•           el auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de incorrección material.

TIPOS DE OPINION

a) Opinión Con salvedades
Opinión con salvedad, en la cual el auditor expresar su opinión cuando, habiendo obtenido evidencia en auditoria suficiente y adecuada que estén  libre de incorrecciones, individualmente o de forma agregada, son materiales pero no generalizadas.

b) Opinión Desfavorable o Adverda
Una opinión adversa declara que los estados financieros examinados no presentan una situación  financiera razonable, ni los resultados de operaciones, ni los flujos de efectivos a una fecha determinada, con lo cual, el auditor efectúa la calificación más seria que existía en su catalogo de opiniones-


c) Abstención de opinión
En esta circunstancia el auditor no expresa opinión en relación a los estados financieros, debido a restricciones importantes sufridas en el desarrollo de su trabajo que le impidan acceder a documentación comprobatoria, para formarse una opinión razonable sobre una o varias cuentas importantes de los estados financieros. Estas situaciones pueden ser ocasionadas por limitaciones impuestas, se pone en serias dudas la confiablidad de los datos sobre los estados financieros.

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