NIA 705 - OPINION MODIFICADA
El NIA es la normativa sobre la responsabilidad del
auditor,de emitir un informe adecuado en función de las circunstancias cuando,
al formarse una opinión de conformidad con la NIA 7001, concluya que es
necesaria una opinión modificada sobre los estados financieros.
Objetivos:
El objetivo del auditor es expresar, con claridad, una
opinión modificada adecuada sobre los estados financieros cuando:
• el
auditor concluya que, sobre la base de la evidencia de auditoría obtenida, los
estados financieros en su conjunto no están libres de incorrección material; o
• el
auditor no pueda obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
concluir que los estados financieros en su conjunto estén libres de
incorrección material.
TIPOS DE OPINION
a) Opinión Con salvedades
Opinión con salvedad, en la cual el auditor expresar su
opinión cuando, habiendo obtenido evidencia en auditoria suficiente y adecuada
que estén libre de incorrecciones,
individualmente o de forma agregada, son materiales pero no generalizadas.
b) Opinión Desfavorable o Adverda
Una opinión adversa declara que los estados financieros
examinados no presentan una situación
financiera razonable, ni los resultados de operaciones, ni los flujos de
efectivos a una fecha determinada, con lo cual, el auditor efectúa la
calificación más seria que existía en su catalogo de opiniones-
c) Abstención de opinión
En esta circunstancia el auditor no expresa opinión en
relación a los estados financieros, debido a restricciones importantes sufridas
en el desarrollo de su trabajo que le impidan acceder a documentación
comprobatoria, para formarse una opinión razonable sobre una o varias cuentas
importantes de los estados financieros. Estas situaciones pueden ser
ocasionadas por limitaciones impuestas, se pone en serias dudas la confiablidad
de los datos sobre los estados financieros.
No hay comentarios:
Publicar un comentario